A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant --·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia SU.020/22 realiza un seguimiento al cumplimiento de las órdenes segunda, tercera, cuarta y quinta del Auto 826/24.
Para el efecto, requiere a varias entidades para que presenten los informes ordenados en la precitada providencia.
Así mismo, se invitó a las delegaciones de los firmantes del Acuerdo de Paz ante diversas instancias a presentar un informe en el que expongan sus consideraciones al frente al referido auto.
De otro lado, se reiteró la invitación dirigida a la sociedad civil para participar activamente en el seguimiento especial de esta Sala al cumplimiento de la Sentencia de Unificación de la referencia y a la superación del estado de cosas inconstitucional del componente de garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (241 points)
- PRIMERO. REQUERIR a las siguientes entidades para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que expongan un cronograma claro, detallado y exigible que establezca plazos y responsables de las decisiones y acciones concretas relacionadas con las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz. Lo anterior según las consideraciones 15, 16, 17, 18, 19 y 20 del presente Auto y del contenido integral del Auto 826 de 2024.
- * Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
- * Ministerio del Trabajo
- * Ministerio de las Culturas
- * Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
- * Ministerio de Educación Nacional
- * Unidad de Planificación Rural Agropecuaria
- * Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
- SEGUNDO. REQUERIR a las siguientes entidades para que COMPLETEN, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, el informe de cumplimiento según las consideraciones 15, 21, 22 y 23 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024.
- * Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
- * Agencia Nacional de Tierras
- TERCERO. REQUERIR a las siguientes instancias nacionales para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que: (i) expongan un cronograma claro, detallado y exigible que establezca plazos y responsables de las decisiones y acciones concretas relacionadas con las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz. Lo anterior, según las consideraciones 24 y 25 del presente Auto y del contenido integral del Auto 826 de 2024.
- * Secretaría Técnica de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo de Paz o al ministro del interior, a la directora de la Unidad de Implementación del Acuerdo Final de Paz o a la directora del Departamento Administrativo de la Presidencia.
- CUARTO. REQUERIR al Ministerio de Igualdad para que COMPLETE, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, el informe de cumplimiento según las consideraciones 24 y 26 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024.
- QUINTO. INVITAR a las delegaciones de los firmantes del Acuerdo de paz de las instancias mencionadas en este numeral, para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que expongan sus consideraciones frente al Auto 826 de 2024 según las consideraciones 27 del presente Auto.
- * Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo de Paz.
- * Comisión Nacional de Garantías de Seguridad.
- * Consejo Nacional de Reincorporación.
- * Instancia de Alto Nivel.
- * Instancia Especial de Seguimiento para el Enfoque de Género del Acuerdo Final de Paz.
- * Instancia de Alto Nivel para Pueblos Étnicos del Acuerdo Final de Paz, bien sea en cabeza de la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) o su Secretaría Técnica propia.
- * Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia.
- SEXTO. REQUERIR a las siguientes alcaldías de los municipios y distritos para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que expongan un cronograma claro, detallado y exigible que establezca plazos y responsables de las decisiones y acciones concretas relacionadas con las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz. Lo anterior, según las consideraciones 29, 31 y 35 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024.
- Departamento
- Municipio
- Antioquia
- Medellín
- Dabeiba
- Apartadó
- Anorí
- Urrao
- Ituango
- Remedios
- Frontino
- Vigía del Fuerte
- Yondó
- Arauca
- Tame
- Fortul
- Saravena
- Bolívar
- El Carmen de Bolívar
- Cartagena
- Santa Rosa del Sur
- Caldas
- Riosucio
- Caquetá
- La Montañita
- San Vicente del Caguán
- El Doncello
- Cartagena del Chairá
- Puerto Rico
- El Paujil
- Cauca
- Caldono
- Toribio
- Patía
- Caloto
- Buenos Aires
- Jambaló
- Corinto
- Guapi
- Argelia
- Suarez
- El Tambo
- Timbiquí
- Cajibío
- Chocó
- Carmen del Darién
- Quibdó
- Medio Atrato
- Riosucio
- Córdoba
- Tierralta
- Cundinamarca
- Soacha
- Fusagasugá
- Viotá
- Venecia
- Cabrera
- Pasca
- Guaviare
- Calamar
- Huila
- La Plata
- Meta
- Uribe
- Mesetas
- La Macarena
- Puerto Rico
- Mapiripán
- Puerto Concordia
- Nariño
- San Andrés de Tumaco
- Cumbal
- Ipiales
- Norte de Santander
- Tibú
- El Tarra
- Cúcuta
- Teorama
- Hacarí
- Sardinata
- El Carmen
- Putumayo
- Puerto Asís
- Puerto Guzmán
- Orito
- Villagarzón
- Puerto Leguízamo
- Valle del Guamuez
- San Miguel
- Santander
- Bucaramanga
- Sucre
- Ovejas
- Tolima
- Icononzo
- Planadas
- Chaparral
- Rioblanco
- Ataco
- Valle del Cauca
- Tuluá
- Palmira
- Vichada
- Puerto Carreño
- SÉPTIMO. REQUERIR a las siguientes alcaldías distritales y municipales para que COMPLETEN, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, el informe de cumplimiento según las consideraciones 29, 32 y 35 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024:
- 1) Bello, 2) Solita, 3) Santander de Quilichao, 4) Neiva, 5) Villa Hermosa, 6) Girón, 7) Piedecuesta.
- OCTAVO. REQUERIR a las siguientes personerías municipales y distritales para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que expongan un cronograma claro, detallado y exigible que establezca plazos y responsables de las decisiones y acciones concretas relacionadas con las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz. Lo anterior, según las consideraciones 29, 33 y 35 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024:
- Departamento
- Municipio
- Antioquia
- Dabeiba
- Apartadó
- Anorí
- Urrao
- Ituango
- Remedios
- Bello
- Frontino
- Vigía del Fuerte
- Yondó
- Arauca
- Arauquita
- Tame
- Fortul
- Saravena
- Bolívar
- El Carmen de Bolívar
- Cartagena
- San Jacinto
- Santa Rosa del Sur
- Caldas
- Riosucio
- Caquetá
- La Montañita
- San Vicente del Caguán
- El Doncello
- Cartagena del Chairá
- Puerto Rico
- El Paujil
- Solano
- Cauca
- Santander de Quilichao
- Toribio
- Patía
- Caloto
- Buenos Aires
- Jambaló
- Miranda
- Guapi
- Argelia
- Suarez
- Timbiquí
- Cajibío
- Chocó
- Carmen del Darién
- Quibdó
- Riosucio
- Córdoba
- Tierralta
- Cundinamarca
- Fusagasugá
- Viotá
- Guaviare
- San José del Guaviare
- Calamar
- Huila
- La Plata
- Baraya
- Meta
- Uribe
- Mesetas
- La Macarena
- Vista Hermosa
- Puerto Rico
- Mapiripán
- Nariño
- San Andrés de Tumaco
- Cumbal
- Ipiales
- Norte de Santander
- Tibú
- El Tarra
- Teorama
- Convención
- San Calixto
- Hacarí
- Sardinata
- El Carmen
- Putumayo
- Puerto Asís
- Puerto Guzmán
- Orito
- Villagarzón
- Puerto Leguízamo
- Valle del Guamuez
- San Miguel
- Santander
- Bucaramanga
- Girón
- Piedecuesta
- Sucre
- Ovejas
- Tolima
- Icononzo
- Planadas
- Chaparral
- Rioblanco
- Ataco
- Vichada
- Puerto Carreño
- NOVENO. REQUERIR a las siguientes personerías municipales y distritales para que COMPLETEN, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, el informe de cumplimiento según las consideraciones 29, 34 y 35 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024:
- 1) Medellín, 2) Solita, 3) Corinto, 4) El Tambo, 5) Cabrera, 6) Soacha, 7) Algecieras, 8) Medio Atrato, 9) Puerto 10) Concordia, 11) Palmira, 12) Tuluá.
- DÉCIMO. REQUERIR a las siguientes gobernaciones para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que expongan un cronograma claro, detallado y exigible que establezca plazos y responsables de las decisiones y acciones concretas relacionadas con las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz. Lo anterior, según las consideraciones 29, 30 y 35 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024:
- 1) Antioquia, 2) Arauca, 3) Bolívar, 4) Caldas, 5) Caquetá, 6) Chocó, 7) Córdoba, 8) Cundinamarca, 9) Meta, 10) Nariño, 11) Norte de Santander, 12) Putumayo, 13) Santander, 14) Sucre, 16) Valle del Cauca, 17) Vaupés, 18) Vichada.
- DECIMOPRIMERO. REITERAR LA INVITACIÓN dirigida a la sociedad civil para participar activamente en el seguimiento especial de esta Sala al cumplimiento de la Sentencia SU-020 de 2022 y a la superación del estado de cosas inconstitucional del componente de garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz.
- DECIMOSEGUNDO. NOTIFICAR esta decisión a las entidades del orden nacional y territorial, a las autoridades e instancias, a las delegaciones de firmantes del Acuerdo de Paz y a las organizaciones de la sociedad civil, enunciadas en los numerales primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno,
- décimo. y decimoprimero de la parte resolutiva de esta providencia.
- DECIMOTERCERO. COMUNICAR esta decisión a la Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz; la Agencia Nacional para la Reincorporación y Normalización; la Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo Final de Paz; la?Defensoría Delegada para la Prevención de Riesgos de Violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario; la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad de los Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz; la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia; la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la Organización de los Estados Americanos (MAPP/OEA); al Instituto Kroc; al Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP); y al Centro de Recursos para el Análisis de Conflictos (CERAC).
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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